Guía de la Tarifa Plana de 80 euros para Autónomos en 2023

Guía de la Tarifa Plana de 80 euros para Autónomos en 2023

A continuación, te ofrecemos información detallada acerca de la Tarifa Plana de 80 euros para recién llegados al ámbito autónomo, la cual entra en vigencia en enero de 2023.

Te proporcionamos los requisitos necesarios, la cuantía de esta tarifa para nuevos autónomos bajo el nuevo sistema de cotización y también la tarifa plana aplicable a autónomos societarios.

Concepto de la Tarifa Plana para Autónomos

La Tarifa Plana para Autónomos constituye una medida destinada a promover el autoempleo. Implica el abono de una cuota mensual reducida a la Seguridad Social durante uno o dos años al comienzo de la actividad autónoma, antes de adherirse al sistema de cotización conforme a los ingresos reales.

Esta bonificación resulta sumamente atractiva, ya que reduce considerablemente los costos que implica inscribirse como autónomo por primera vez. Ha sido de gran ayuda para muchos emprendedores en sus primeros pasos.

La Tarifa Plana para Autónomos se traduce en el pago inicial de una mensualidad de 80 euros a la Seguridad Social, en contraposición a la cuota que correspondería según el sistema de cotización por tramos basados en los ingresos reales (establecido desde el 1 de enero de 2023).

Desde su implementación, esta medida ha sido ampliamente aceptada y ha beneficiado a más de un millón y medio de autónomos. No obstante, ha experimentado modificaciones a lo largo del tiempo.

Pese a su acogida favorable, la Tarifa Plana ha suscitado controversias, ya que, según cifras oficiales, en muchos casos los autónomos beneficiarios de esta tarifa no continúan su actividad después de culminado el período bonificado.

Cómo Solicitar la Tarifa Plana

Si planeas inscribirte como autónomo próximamente y cumples los requisitos para acceder a la Tarifa Plana, puedes hacerlo sin problema solicitándola directamente a la Seguridad Social al momento de darte de alta como autónomo.

No obstante, también puedes contar con nuestra gestoría online para autónomos.

Condiciones para Acceder a la Tarifa Plana en 2023

Aquellas personas que se registren como autónomos por primera vez bajo el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) durante el período 2023-2025 podrán optar por la Tarifa Plana de 80 euros en el proceso de alta.

Los requisitos son los siguientes:

  • No haber estado dado de alta en los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de inicio del nuevo alta, o tres años si se benefició de esta deducción en el pasado.
  • No ser autónomo colaborador.
  • No tener deudas pendientes con la Seguridad Social ni con Hacienda.

Monto de la Tarifa Plana para Autónomos en 2023

Con la instauración del nuevo esquema de cotización basado en ingresos reales para autónomos, la Tarifa Plana se redefine significativamente.

A partir de ahora, esta tarifa se establece en 80 euros durante los primeros 12 meses de actividad, independientemente de los ingresos generados por el trabajador por cuenta propia.

Durante los siguientes 12 meses, los autónomos pueden mantener esta cuota de 80 euros mensuales siempre que sus ingresos netos no superen el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Para extender este período, es necesario presentar una solicitud ante la Seguridad Social a través de la plataforma Importass.

Es importante señalar que todas las solicitudes de extensión deben ir acompañadas de una declaración que indique que los ingresos netos proyectados serán inferiores al SMI vigente.

Una vez finalizado el período de la Tarifa Plana de 80 euros, el autónomo se incorporará al nuevo sistema de cotización por tramos basado en los ingresos reales. En este punto, comenzará a cotizar según el tramo que le corresponda.

Algo a tener en cuenta es que la Tarifa Plana de 80 euros se aplica a los nuevos autónomos a partir del 1 de enero de 2023.

Por lo tanto, los autónomos que, a 31 de diciembre de 2022, ya eran beneficiarios de la antigua Tarifa Plana, seguirán disfrutándola hasta agotar el período máximo establecido, en las mismas condiciones.

Tarifa Plana para Autónomos en Pluriactividad

Los autónomos que ejercen actividades por cuenta propia y ajena simultáneamente pueden optar entre la Tarifa Plana para autónomos y un descuento en sus cotizaciones.

Este descuento se extiende hasta por 3 años. Analicemos las situaciones:

  • Autónomo trabajando a tiempo completo para un empleador: En este caso, puede solicitar una reducción del 50 % en la base de cotización los primeros 18 meses. Entre los meses 19 y 36, esta reducción se reduce al 25 %.
  • Autónomo con empleo a tiempo parcial (más de media jornada): durante los primeros 18 meses, la reducción de la base de cotización es del 25 %. Entre los meses 19 y 36, esta reducción se reduce al 15 %.

Autónomos con Discapacidad, Víctimas de Violencia de Género y Víctimas de Terrorismo

Los autónomos que cuenten con discapacidad igual o superior al 33 %, o que sean víctimas de violencia de género, o víctimas de terrorismo, pueden beneficiarse de la Tarifa Plana de 80 euros durante los primeros 24 meses.

Después de finalizado este período, si sus ingresos netos previstos son iguales o inferiores al SMI, pueden solicitar la extensión por los siguientes 36 meses, con una tarifa de 160 euros.

Exención de Cuotas para Autónomos en Madrid, Andalucía, Murcia, Baleares y La Rioja en 2023

Las comunidades autónomas de Madrid, Andalucía y Murcia eximen del pago de todas las cuotas a la Seguridad Social a sus nuevos autónomos en 2023 mediante la cuota cero.

Baleares y La Rioja se suman a estas tres comunidades. Sin embargo, en el caso de Baleares, esta exención aplica solo a mujeres emprendedoras y autónomos menores de 35 años. En La Rioja, la subvención se concede durante el primer año.

Esta cuota cero implica una bonificación del 100 % en las cuotas de los nuevos autónomos durante 24 meses en Madrid, Andalucía, Murcia y Baleares. En el caso de La Rioja, este beneficio se puede obtener durante los primeros 12 meses.

Para acceder a esta ayuda, los nuevos autónomos en Madrid, Andalucía, Murcia, Baleares y La Rioja deben cumplir con los siguientes requisitos:

  • No haber estado inscritos como autónomos en los últimos 2 años.
  • No ser autónomo colaborador.
  • No encontrarse en situación de pluriactividad.
  • No tener deudas con Hacienda y la Seguridad Social.
  • Presentar toda la documentación necesaria para el alta en el RETA, o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios en la web de la propia comunidad autónoma.
  • Estar inscritos en la Tarifa Plana estatal de 80 euros.

En Madrid, las autónomas con derecho a la Tarifa Plana por cese debido a nacimiento o adopción de un menor pueden acceder a la cuota cero si reanudan su actividad dentro de los 2 años siguientes a la fecha de cese.

El ahorro económico que supone la cuota cero para nuevos autónomos es uno de los aspectos más relevantes, ya que, con la nueva Tarifa Plana de 80 euros, se logra un ahorro anual de 960 euros.

Además, si también son elegibles para esta ayuda en su segundo año de actividad (si los rendimientos netos son inferiores al SMI), el ahorro total ascenderá a 1.920 euros.

Por lo tanto, si resides en alguna de estas comunidades autónomas y estás considerando emprender, te sugerimos informarte adecuadamente acerca de tus opciones para aprovechar la cuota cero, así como los requisitos concretos que se exigen en sus respectivas convocatorias.

Tarifa Plana para Autónomos Societarios

Hasta el año 2020, los autónomos de tipo societarios no podían acceder a la Tarifa Plana durante los dos primeros años. Sin embargo, esta situación cambió debido a sentencias del Tribunal Supremo que establecieron precedentes legales.

A partir de entonces, los autónomos societarios también tienen la opción de optar por la Tarifa Plana, la cual reduce significativamente su cuota mensual de autónomos durante la fase inicial de su emprendimiento.

Para que un autónomo societario pueda beneficiarse de esta tarifa, debe cumplir con 2 requisitos básicos:

  • No tener deudas con la Seguridad Social ni con la Agencia Tributaria.
  • Inscribirse en el RETA por primera vez, o haber pasado al menos 2 años sin estar dado de alta como autónomo, o 3 años si ya se benefició de la Tarifa Plana en el pasado.

Además, si ya eres un autónomo societario, ten en cuenta que puedes solicitar retroactivamente la bonificación correspondiente a la Tarifa Plana, siempre que cumplas con los requisitos mencionados anteriormente y tu alta como autónomo societario haya tenido lugar después de septiembre de 2016 (ya que el período previo a esa fecha ha prescrito).

No obstante, si tienes previsto inscribirte como nuevo autónomo, no es necesario llevar a cabo este trámite adicional. Solo tienes que registrarte en el proceso habitual y solicitar la ayuda.