Los Pagos a cuenta de las pymes

Los pagos a cuenta son parte fundamental de las obligaciones fiscales de autónomos y pymes. En este artículo te damos a conocer en qué consisten, los diferentes tipos que hay y su papel casi protagónico en la gestión fiscal de las actividades económicas.

Los pagos a cuenta de autónomos y pymes son abonos anticipados de la obligación principal. En la gestión fiscal de autónomos y empresas esta obligación tributaria tiene que ver con el pago de un impuesto que se va realizando de forma previa a la liquidación total al término del ejercicio, generalmente cada tres meses. 

Pagos fraccionados

Los llamados pagos fraccionados, al ser anticipos de la liquidación final de la deuda tributaria, permiten distribuir a lo largo del año la carga fiscal que soporta el trabajador por cuenta propia, bien sea autónomo o pyme, para que le resulte más llevadera. Esto sumado al apoyo de una asesoría online facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales del trabajador por cuenta propia. 

Retenciones

Como su propio nombre indica, las retenciones son las cantidades que como autónomo o empresario, persona física o jurídica, retienes de determinadas rentas que satisfaces en el desarrollo de tu actividad económica. Con carácter general, dichas rentas son las siguientes:

– Rendimientos del trabajo, como las nóminas o finiquitos de los empleados.

– Rendimientos que sean contraprestación de actividades económicas: profesionales (servicios de un gestor, abogado o notario, por ejemplo), agrícolas, ganaderas y forestales, o determinadas actividades empresariales en estimación objetiva (aquellas que se declaran por módulos y que están obligadas a retener un 1%).

– Rendimientos procedentes de la propiedad intelectual e industrial, de la prestación de la asistencia técnica, del arrendamiento de bienes muebles, negocios o minas, o del subarrendamiento de los anteriores y de la cesión del derecho de imagen, siempre que, cualquiera de los anteriores, tenga la consideración de actividad económica.

– Ganancias patrimoniales obtenidas por el aprovechamiento forestal en montes públicos y las que deriven de premios obtenidos tras participar en juegos, concursos o rifas.

Ingresos a cuenta

Los ingresos a cuenta también son un tipo de pago a cuenta que tiene que ver con la retención que Hacienda aplica sobre las retribuciones que no son dinerarias sino en especie. Dichos ingresos a cuenta se incluirán en las mismas declaraciones trimestrales que las retenciones.

Cuando se trata de ingresos a cuenta sobre rendimientos del trabajo satisfechos en especie su cálculo se realizará aplicando sobre la retribución en especie el porcentaje que corresponda conforme al artículo 80 del Reglamento de IRPF y en base a la tipología y la cuantía del rendimiento.

El resto de de rendimientos satisfechos en especie se calcularán, con carácter general, incrementando en un 20% el coste de adquisición para el pagador y aplicando sobre la cantidad resultante el tipo de retención que corresponda según la tipología del rendimiento satisfecho.

En el caso de que este pago de este ingreso a cuenta sea asumido por el pagador y no se repercuta al perceptor, la retribución en especie a declarar deberá incrementarse en el importe de dicho pago a cuenta.